3 DE octubre DE 2024
Comienza la campaña de aceite 2024/2025 con incertidumbre. Las bodegas están prácticamente vacías después de tres años de malas cosechas y buenos datos de comercialización.
Y aunque un paseo por los olivares de las principales zonas productivas del mundo, situadas en las provincias de Jaén, Córdoba y Granada, hablan de que la cosecha será buena, cada día sin lluvia aumenta las dudas sobre lo que puede pasar con buena parte de los secanos, que en total representan el 60% del olivar andaluz.
Hablamos de que por la falta de lluvias corren riesgo unas 300.000 toneladas de aceite en Andalucía. Una cifra nada desdeñable teniendo en cuenta que Grecia e Italia, en años de buena cosecha alcanzan producciones de 400.000 toneladas.
En este inicio de campaña comercializadora hay que tener en cuenta dos aspectos fundamentales: por un lado, aunque se espera una buena cosecha de aceite, todavía quedan dos meses por delante que hay que afrontar con las bodegas prácticamente vacías, ya que los aceites de esta cosecha no empezarán a entrar en cantidad hasta finales de octubre o mediados de noviembre, incluso diciembre.
La recogida de aceituna y la producción de aceite no se generaliza hasta noviembre o diciembre y las producciones de meses anteriores son las de los llamados tempranos o verdes, que se comercializan a un precio más alto.
Por otro lado, para un cultivo tan vecero como el olivar y expuesto, como la mayoría, al vaivén de la climatología, es fundamental que se termine de concretar una norma, que fue un hito en el sector, la autorregulación, aprobada en 2021.
Autorregulación
Es necesario, y se lo llevamos pidiendo al Ministerio de Agricultura desde hace meses, que se pongan manos a la obra y concreten de forma urgente el desarrollo de esta norma, congelada desde hace 3 años. No se trata de que se ponga en marcha este año, sino de definir, de una vez por todas, una herramienta que servirá a medio y largo plazo para evitar las fluctuaciones de precios que hemos vivido.
Recordamos que se trata de un Real Decreto que desarrolla la aplicación del artículo 167 bis de la Organización Común de los Mercados Agrarios (OCMA) de la Unión Europea para fijar los requisitos y el contenido de una norma de comercialización para el sector del aceite de oliva y que permite que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ante situaciones de claro riesgo de desequilibrio de mercado pueda, (previa consulta a las CC.AA. y a los representantes del sector), determinar a través de una orden una retirada temporal de producto, de manera obligatoria para todos los operadores del sector hasta la campaña siguiente, e incluso determinar su destino a uso no alimentario.
De esta forma, con un stock estratégico de aceite almacenado se podrían evitar fluctuaciones tan acusadas al alza para los consumidores en épocas de sequía como las actuales, al tiempo que se podría garantizar una estabilidad de precios a los agricultores en campañas de gran producción, retirando producto del mercado.
El decreto está aprobado y tras las felicitaciones iniciales por haber conseguido su aprobación, nos enfrentamos a la realidad de que en el texto no se establecen cifras, ni se concretan los casos en los que se puede producir esta intervención, cuestión que debería haber definido ya el Ministerio.
Repetimos que no es cuestión de que se active ya, sino de que se concrete. No podemos dejar pasar más tiempo sin fijar esta herramienta, que nos da la oportunidad de hacer frente a una de las causas de la gran volatilidad de los precios, que tiene a su vez una clara incidencia en la viabilidad económica de muchas de las explotaciones oleícolas, en particular las más tradicionales.
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