2 DE diciembre DE 2024
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado sábado 30 de noviembre la Orden del Ministerio de Hacienda HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2025 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Según fuentes del sector, en la Orden de los módulos para su aplicación en 2025 (ejercicio fiscal de 2024) no hay cambios y continúan siendo los mismos. La única variación, aunque de importancia, es que va a haber una reducción del rendimiento neto (IRN) de módulos para los autónomos agrarios de un 25% para este año 2024 en las zonas afectadas por la DANA, que consideran muy insuficiente, porque debería haber sido del 0%, dada la magnitud de los daños acaecidos en las explotaciones agrícolas damnificadas.
La Orden mantiene, asimismo, la reducción del 5% del rendimiento neto, como en el ejercico anterior, para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva.
En tercer lugar no se computará, en la suma de los ingresos que tienen que hacer los agricultores y ganaderos en el régimen de módulos, la compensación del régimen especial del IVA. En este sentido, fuentes de ASAJA, señalaron que a AgroPopular, que "hay que tributar, pero no sumar esa compensación para llegar a los 250.000 euros de límite en la declaración por módulos."
Por último, en esta Orden de Hacienda se ha eliminado ya la reducción de la factura de gasóleo agrícola del 35% y la del 15% de fertilizantes, que se contemplaba en ejercicios anteriores.
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