La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Nacional de Criadores de Ganado Ovino Selecto de Raza Churra (ANCHE), la Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS) y la Asociación Española de Criadores de Ganado Ovino Selecto de Raza Castellana (ANCA), contra el Auto dictado el día 7 de octubre de 2011 en el que se adopta la decisión favorable a la modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Lechazo de Castilla y León a efectos de incluir en el mismo a la raza ovina Assaf y sus cruces, según informa FEAGAS.
La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León basa su decisión en que "tanto desde un punto de vista cualitativo como cuantitativo, con la aprobación de la modificación del pliego de condiciones de la IGP Lechazo de Castilla y León, en cuanto que extiende la zona de producción a la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y se incluye en ella a la raza ovina Assaf y sus cruces, existe un peligro real y muy grave de incidencia negativa en la esencia misma de la IGP, del producto, de los productores y de las explotaciones amparados por ella".
"Tal situación de peligro real y muy grave -continúa la sentencia- está asentada en que por los informes periciales aportados por los apelantes no parece estar debidamente justificado que la raza Assaf sea una raza que cumpla los requisitos del producto originario de Castilla y León, de vinculación histórica al medio natural, y de producción y elaboración que determinan los pliegos de condiciones de creación de la IGP, con lo que se dañaría notablemente la homogeneidad del producto y de la imagen, prestigio y valoración por el consumidor de la IGP, así como la economía de los productores inicialmente amparados que representan el 20% de la cabaña ganadera de ovino frente al 80% de los productores de Assaf"."Y frente a este peligro real y grave de daño para la IGP, su producto, sus productores y las explotaciones, no se aprecia peligro para los intereses públicos o de terceros pues los primeros no vienen representados, con ser importantes, tanto por el desarrollo económico y el beneficio económico de los consumidores como por la necesidad de velar por la relevancia y prestigio de la IGP, que por ello lo fue, y los segundos -los intereses de los productores de la raza Assaf- no presentan la relevancia que se le reconoce pues tiene salvaguardada su explotación y comercialización a través de su actual nivel de protección con la marca de garantía Lechazo de la Meseta Castellano-Leonesa".La Sala concluye con que "esta sentencia es firme y frente a ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.
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