Comenzar la búsqueda
 

buscar

Búsqueda en los contenidos de la web
El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

Periódico Digital Qcom.es: El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB)

Y es que, en términos generales, la relación comercial entre suministrador y distribuidor se rigen por las denominadas "plantillas", es decir, documentos sucintos que recogen unas condiciones mínimas en términos de descuentos y bonificaciones, condiciones logísticas de la entrega, y penalizaciones.

A lo largo de la relación, el distribuidor puede alterar las condiciones pactadas de manera unilateral en función de sus propias necesidades, generando inseguridad jurídica y costes añadidos para el suministrador.

Por esta razón, es importante la disposición del proyecto de ley que establece la obligatoriedad de los contratos. Aunque para avanzar lo primero es tipificar las prácticas abusivas. En este sentido, Horacio González compartió algunos ejemplos:

  • - Obligación al suministrador a hacer una promoción y/o pagarla en su integridad.
  • - Obligación al pago de un pago complementario porque la cadena no ha llegado a cubrir sus propios objetivos de ventas.
  • - Obligación al suministrador a pagar la diferencia de precio de su producto en la cadena y en otra tienda competidora.
  • - Obligación a pagar los descuentos por agrupación de facturas sobre el precio de venta incluido el IVA.
  • - Obligación de retirada del producto de la tienda si el responsable entiende que el producto no se vende.
  • - Devolver la mercancía comprada pero no vendida asumiendo el suministrador los costes logísticos y el descuento en la factura posterior.

Con el objetivo de evitar estas prácticas desleales, el proyecto de ley recoge en su artículo 12 la prohibición de modificaciones unilaterales y pagos comerciales no previstos.

Actualmente, ni la legislación en vigor (Ley de Defensa de la Competencia ni Ley de Competencia Desleal), ni las experiencias en materia de Códigos Voluntarios en España han permitido reconducir los problemas de prácticas abusivas y de alteración de las condiciones de competencia.

Por estas razones, el proyecto de Ley recoge un régimen de infracciones y sanciones que la industria y la producción apoyamos en materia de control de la aplicación de sus disposiciones.

Lo esencial en este caso es una tipificación clara de las prácticas abusivas y anticompetitivas, una tabla de sanciones realmente disuasoria y un procedimiento confidencial de denuncia para las Organizaciones representativas, que permita actuar a la Administración sin estas sentirse coartadas.

Qcom.es no se responsabiliza ni se identifica necesariamente con las opiniones expresadas por sus colaboradores, limitándose a convertirse en canal transmisor de las mismas