El tomate es una de las grandes contribuciones de América a la cultura gastronómica mundial. Por esta razón, y por sus propiedades nutritivas y antioxidantes, la industria transformadora de zumos también lo ha tenido en cuenta en la elaboración de sus productos. Además, España es el segundo productor de tomate de la Unión Europea.
Los pigmentos y compuestos bio-activos presentes de forma natural en los vegetales, como el tomate, tienen relación directa con los beneficios para la salud, como la mejora de la capacidad antioxidante frente a los radicales libres. En el caso del tomate, el licopeno, que es el responsable del color rojo, disminuye el riesgo de padecer cáncer de próstata en el hombre y mejora el sistema inmune.
Esta hortaliza es rica en vitaminas A y C, potasio y licopeno, por lo que tiene propiedades antioxidantes y beneficios potenciales para la salud; se ha relacionado también con mejoras en enfermedades cardiovasculares, cáncer, diabetes, osteoporosis e infertilidad masculina. Además, se recomienda su consumo para prevenir el cáncer de piel provocado por la radiación ultravioleta. Las técnicas actuales de procesado del zumo de tomate permiten mantener su calidad reduciendo la degradación de sus componentes activos, por lo que no debe faltar en la dieta mediterránea, especialmente en los meses de verano. En general, los zumos contienen un gran número de compuestos que, además de aportarles un sabor muy apetecible, les hace muy apropiados para hidratarnos en los días de calor sofocante.
De los elementos minerales del zumo de tomate, el más destacado es el potasio, que puede llegar a constituir aproximadamente el 50% del contenido mineral; existe poco sodio y, en general, bajas cantidades de micro-elementos.
*Fuente: El Libro del Zumo que puede ser consultado en www.asozumos.org
Los zumos de tomate estarán sujetos a las mismas normas que el resto
El pasado 27 de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva 2012/12/UE del Parlamento europeo y del Consejo, de 19 de abril de 2012, por la que se modifica la Directiva 2001/112/CE del Consejo relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana sobre los zumos de frutas. Esta normativa, además de incorporar otras cuestiones técnicas y de homologación con la legislación internacional y el CODEX, incluye en el Anexo II.1 al tomate entre las frutas que se utilizan para la producción de zumos. Esto significa que los zumos y los néctares de tomate estarán sujetos a las mismas reglas del resto de zumos. Al zumo de tomate podrán añadírsele sal, especias y hierbas aromáticas.
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