En cumplimiento de la normativa comunitaria, a continuación se indican algunos de los cambios que se aplican desde el pasado 1 de julio a la comercialización de productos ecológicos.
-Obligatoriamente habrá que identificar al organismo de control con el código correspondiente (ES-ECO-01-AN y ES-ECO-01-CM)
-Habrá poner la mención "Agricultura UE/No UE" según el origen de las materias primas
-Su uso será obligatorio en los productos envasados con la categoría de agricultura ecológica y transformados con al menos el 95% de los ingredientes de origen agrario ecológicos
-Su uso estará prohibido en los productos en conversión, en los transformados con menos de 95% de los ingredientes de origen agrario ecológicos, en los productos con ingredientes de la caza o de la pesca y en los que estén fuera del ámbito de aplicación del RCE 834/2007. Asimismo el uso estará restringido en los productos que no tengan normas definidas en los Reglamentos en vigor
-Su uso será voluntario en productos no envasados y en productos con la categoría de agricultura ecológica o importados transformados con al menos el 95% de los ingredientes de origen agrario ecológicos
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