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El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

Periódico Digital Qcom.es: El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

10 DE diciembre DE 2024

Ayudas "de minimis" al agro de hasta 50.000 € sin pasar por Bruselas

La Comisión ha adoptado nuevas medidas para apoyar al sector agrícola, al modificar el Reglamento«de minimis» para el sector agrícola, que exime del control de las ayudas estatales a los pequeños importes de ayuda en el sector agrícola.

El Reglamento revisado permite a los Estados miembros apoyar a los agricultores en mayor medida de manera simple, rápida, directa y eficiente, ya que dicha ayuda “de minimis” no necesita ser notificada ni aprobada por la Comisión.

En concreto, propone elevar a 50.000 euros la cantidad máxima de ayudas públicas “de minimis” de Estado que los países pueden conceder a empresas del sector agrícola, sin que éstas tengan que ser notificadas para su evaluación a las autoridades comunitarias.

El Ejecutivo comunitario anunció cambios en el reglamento “de minimis”, que regula el funcionamiento de pequeñas ayudas estatales al sector primario que no necesitan ser comunicadas a Bruselas porque se considera que "no tienen impacto en la competencia o el comercio del mercado único".

Esta revisión entrará en vigor tres días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE  (DOUE) y se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2032, según la Comisión Europea.

En la actualidad, los Estados miembros pueden transferir ayudas al sector agrícola de hasta 20.000 euros por beneficiario (25.000 euros si el país tiene un registro central de estas subvenciones) durante un periodo de tres años, sin notificación previa a los servicios europeos de Competencia.

Con las enmiendas introducidas hoy, esta cantidad se eleva a 50.000 euros, lo que supone más que duplicar el límite actual, para reflejar ciertos factores como la experiencia acumulada, los recientes acontecimientos en el sector o la inflación observada en los últimos años.

Bruselas también modifica el llamado "tope nacional" de estas ayudas, que está calculado sobre la base de la producción agrícola de cada país y que se eleva del 1,5 % actual hasta el 2 %, al tiempo que se amplía el periodo de referencia del 2012-2017 actual al 2012-2023.

Del mismo modo, se suprime el "tope sectorial" que impedía a los Estados miembros conceder ayudas 'de minimis' a un sector particular por una cuantía superior a la mitad del límite nacional.

Por último, la Comisión Europea introduce la obligación de crear un registro central de ayudas 'de minimis' a nivel nacional o europeo, cuyo es "aumentar la transparencia y reducir la carga administrativa de los agricultores y ganaderos, principalmente microempresas, que utilizan actualmente un sistema de declaración propia.

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