2 DE diciembre DE 2024
El Centro Común de Investigación (JRC/CCI) y la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea están llevando a cabo una encuesta en todos los Estados miembros para evaluar la eficacia de las medidas adoptadas por los países de la UE en el contexto de la Directiva 2019/633 sobre prácticas comerciales desleales (PCD) en la cadena alimentaria.
Los proveedores objeto de la Directiva en las diferentes fases de la cadena de suministro agrícola y alimentario pueden participar en la encuesta hasta el 20 de diciembre de 2024.
La intención es que todos los proveedores de productos agrarios y alimentarios presenten sus observaciones para “alimentar” la evolución de la revisión de la Directiva que se espera para finales del próximo 2025, que daría lugar, si fuera necesario, a propuestas de mejora.
La intención de la CE es presentar en la primavera próxima un nuevo reglamento que complete la directiva sobre PDC, centrado principalmente en su aplicación transfronteriza, una de las cuestiones que ha motivado la mayor parte de las quejas de los operadores del sector agroalimentario en España y en la UE.
Para mejorar la posición de los agricultores y de las pequeñas y medianas empresas en la cadena de suministro alimentario, la UE adoptó legislación que prohíbe dieciséis prácticas comerciales desleales. La Directiva distingue entre una lista «negra» y una lista «gris» de prácticas. Mientras que las prácticas comerciales desleales de la lista negra están prohibidas en todas las circunstancias, las prácticas de la lista gris están permitidas si el proveedor y el comprador las acordaron previamente de forma clara e inequívoca.
Recordemos que la actual Directiva incluye diez prácticas comerciales desleales de la lista negra:
-Plazo superior a 30 días para el pago de productos perecederos agrícolas y alimentarios
-Plazo superior a 60 días para el pago de otros productos agroalimentarios
-Cancelaciones de productos agroalimentarios perecederos con escasa antelación
-Modificaciones unilaterales del contrato por parte del comprador
-Pagos no relacionados con una operación específica
-Riesgo de pérdida y deterioro transferido al proveedor
-Negativa del comprador a facilitar una confirmación por escrito de un acuerdo de suministro, a pesar de la solicitud del proveedor
-Uso indebido de secretos comerciales por parte del comprador
-Represalias comerciales por parte del comprador
-Transferencia al proveedor de los costes de análisis de las reclamaciones de clientes
Y otras seis prácticas comerciales desleales de la lista gris
Estas prácticas solo se permiten si se han acordado previamente de forma clara e inequívoca.
-Devolución de productos no vendidos
-Cobro al proveedor de pagos por el almacenamiento, la exposición y la inclusión en una lista de precios de los productos
-Pago de la promoción por parte del proveedor
-Pago de la comercialización por parte del proveedor
-Pago de la publicidad por parte del proveedor
-Pago, por parte del proveedor, al personal del comprador por el acondicionamiento de los locales
El objetivo de esta directiva comunitaria era contribuir a una armonización mínima de las PCD en todos los países de la UE para garantizar la igualdad de condiciones de competencia en relación con estas prácticas, consideradas las más problemáticas.
Con el fin de evaluar la eficacia de las medidas adoptadas por los Estados miembros, a finales de 2025 estará disponible una evaluación de la Directiva 2019/633 a escala de la UE. Para contribuir a esta evaluación, el Centro Común de Investigación (JRC) y la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural realizan encuestas anuales en todos los países de la UE.
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