29 DE octubre DE 2024
Según este organismo, la futura norma establece diversas medidas y fija limitaciones a la publicidad, patrocinio y promoción de bebidas alcohólicas para disminuir el consumo entre los menores de edad y otros colectivos de riesgo, como las mujeres lactantes. Además, establece un régimen sancionador para garantizar su cumplimiento.
Para la CNMC, el anteproyecto se adecua a los principios de buena regulación, sin que se aprecien restricciones injustificadas a la competencia. En todo caso, este organismo institucional recomienda la introducción de una serie las de mejoras, como aclarar algunas de las obligaciones que crea la ley y su forma de financiación, particularmente en el ámbito sanitario.
También considera que es necesario desarrollar la composición, la naturaleza y las funciones del nuevo órgano, que analizará las comunicaciones comerciales.
A su vez, señala que las formas de corregulación y autorregulación no pueden ser un medio para intercambiar información comercialmente sensible por parte de empresas competidoras.En este sentido, la CNMC ofrece su colaboración para evaluar los modelos de códigos de conducta que se proponen.
Prohibiciones
La CNMC también recomienda una mayor justificación de las limitaciones a la publicidad en la vía pública, en cuanto al radio de distancia de los centros frecuentados por menores (colegios, centros educativos, etc.).
Asimismo, ve necesario adecuar, salvo que se acrediten razones de interés público, el régimen temporal de las prohibiciones de contratar al que viene establecido por la normativa de contratación del sector público.
Competencia reclama, además, realizar ajustes en la normativa de regulación audiovisual y de telecomunicaciones -en lo relativo a la prohibición de publicitar bebidas alcohólicas a menores por parte de los prestadores de servicios audiovisuales, plataformas de intercambio de vídeos y redes sociales- para que sean coherentes con la nueva norma.
Y, por último, recomienda Incluir el control parental para impedir la difusión de publicidad de bebidas alcohólicas y tipificar el incumplimiento de la publicidad a través de servicios de comunicaciones electrónicas.
Más detalle en el informe de la CNMC sobre el anteproyecto de ley: (IPN/CNMC/025/24)
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