27 DE junio DE 2025
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha elevado a consulta pública hasta el próximo 15 de julio el proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pescadores enrolados en buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera, debido a medidas de urgencia adoptadas en virtud del artículo 13 del Reglamento (UE) nº 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013.
La Secretaría General de Pesca será la encargada de gestionar las ayudas a los pescadores enrolados en buques pesqueros españoles afectados por paralización temporal de la actividad pesquera, debido a medidas de urgencia adoptadas en virtud del artículo 13 del Reglamento (UE) nº 1380/2013, cuando dichas medidas afecten a más de una Comunidad Autónoma.
Según el borrador de Orden ministerial, el apartado 1 del artículo 13 del Reglamento (UE) º 1380/2013 establece que cuando existan pruebas de una amenaza grave para la conservación de los recursos biológicos marinos o para el ecosistema marino relacionadas con actividades de pesca, en aguas sometidas a la soberanía o jurisdicción de un Estado miembro, que requieran una actuación inmediata, dicho Estado miembro podrá adoptar medidas de emergencia para atenuar la amenaza.
Dichas medidas deberán ser compatibles con los objetivos establecidos en el artículo 2 y no serán menos estrictas que las previstas en la legislación de la Unión. Dichas
medidas serán aplicables por un periodo máximo de tres meses.
La Ley 5/2023, de 17 de marzo, de pesca sostenible e investigación pesquera, en su artículo 16 establece que, con base en la mejor información científica disponible,
corresponde al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación adoptar, consultados el sector afectado y las CC.AA, una serie de medidas de regulación del esfuerzo
pesquero.
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