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El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

Periódico Digital Qcom.es: El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

11 DE febrero DE 2026

¿Cuáles son las novedades en residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos de la UE?

El informe anual de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA/AESA) sobre residuos de medicamentos veterinarios en animales vivos y productos de origen animal muestra un cumplimiento elevado y continuado de los límites oficiales en 2024.

La revisión analiza la presencia de sustancias farmacológicamente activas autorizadas y prohibidas y sus residuos en alimentos derivados de animales, incluida la carne (de granja y de caza), los productos lácteos, los huevos o la miel.

Los tipos de sustancias cubiertos son hormonas (incluidos los esteroides), beta-agonistas (calmantes musculares), antibacterianos, antiparasitarios y repelentes de insectos, entre otros.

Los datos del informe de este año, que cubren 2024, proceden de los Estados miembros de la UE[1], además de Islandia y Noruega.

En conjunto, el porcentaje de muestras no conformes fue del 0,13% (629 de 493.664 muestras), cifra comparable a la del año anterior, cuando el incumplimiento fue del 0,11%

El informe presenta una división de las muestras en tres planes:

-Plan nacional de control basado en el riesgo para la producción en los Estados miembros - 0.16% de incumplimiento

-Plan nacional de vigilancia aleatoria - 0,22% de incumplimiento

-Plan nacional de control basado en el riesgo para las importaciones de terceros países - 0,2% de incumplimiento.2% de incumplimiento.

El enfoque de la UE

Según el Eurobarómetro 2025 sobre seguridad alimentaria, que cita la EFSA, 'los residuos de antibióticos, esteroides u hormonas en la carne' es una de las principales preocupaciones en materia de seguridad alimentaria para más de un tercio (36%) de los ciudadanos de la UE, aunque 3 puntos porcentuales menos que en la anterior encuesta de 2022.

El informe de la EFSA ayuda a los gestores de riesgos de la Comisión Europea y de los Estados miembros a evaluar la eficacia de los planes de control para limitar la presencia de estas sustancias en la cadena alimentaria de la UE. También ayuda a determinar medidas de seguimiento para reducir aún más el incumplimiento en los años siguientes.

[1] De conformidad con el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y, en particular, el artículo 5, apartado 4, del Marco de Windsor (véase la Declaración conjunta nº 1/2023 de la Unión y del Reino Unido en el Comité mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica de 24 de marzo de 2023, DO L 102 de 17.4.2023, p.87) en relación con la sección 24 del anexo 2 de dicho Marco, a efectos del presente Reglamento, las referencias a los Estados miembros incluyen al Reino Unido con respecto a Irlanda del Norte.

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