21 DE noviembre DE 2025
La Asociación Catalana de Fabricantes de Alimentos Compuestos (ASFAC) acogió con esperanza el mandato de negociación adoptado por el Consejo de la Unión Europea para una revisión específica del Reglamento sobre productos libres de deforestación (EUDR).
En concreto, ASFAC valora especialmente que el Consejo haya sentado las bases para un debate real sobre la aplicación práctica y la viabilidad del EUDR, que es una preocupación constante para el sector de la alimentación animal.
En este sentido, según esta Asociación, la posición del Consejo, que propone aplazar la aplicación hasta el 30 de diciembre de 2026 para operadores medianos y grandes, y hasta el 30 de junio de 2027 para micro y pequeños operadores, supone un reconocimiento de las complejidades técnicas y administrativas actuales.
Según señaló Carme Soler, directora de ASFAC, "estamos esperanzados con la nueva postura del Consejo, ya que demuestra una sensibilidad necesaria hacia la realidad operativa de nuestras empresas."
Para Soler, "la simplificación del proceso de diligencia debida y el aplazamiento de la aplicación son pasos cruciales para asegurar que los objetivos ambientales del reglamento se puedan alcanzar sin poner en riesgo la continuidad de la cadena de suministro de piensos, ni el encarecimiento de lo que comemos. Es fundamental que la normativa sea viable y que se garantice el funcionamiento correcto del sistema de información de la UE."
ASFAC indicó que el mandato del Consejo introduce elementos de simplificación clave para los operadores y constituye su posición oficial de negociación ante el Parlamento Europeo.
Ahora se abrirán las negociaciones interinstitucionales (trílogos) entre el Consejo, el Parlamento y la Comisión Europea.
El objetivo es alcanzar un acuerdo final sobre la revisión del EUDR en las próximas semanas, y antes de que el reglamento actual se convierta en aplicable, tal como preveía el anterior aplazamiento, el 30 de diciembre de 2025.
Esta Asociación considera crucial que estas negociaciones mantengan las medidas de simplificación y el aplazamiento propuestos por el Consejo, garantizando una implementación efectiva y justa del reglamento.
En este sentido, la Asociación catalana de fabricantes de alimentos para animales hace un llamamiento al Gobierno español para que cambie su postura, inicialmente rígida, respecto al EUDR u espera que se sume finalmente al frente común de la Unión Europea, que pide un aplazamiento de la fecha de aplicación y una simplificación de la normativa.
ASFAC confía, por último, en que den fruto las intensas conversaciones mantenidas con la Generalitat de Catalunya, que han sido claves para trasladar la inviabilidad de la normativa al Estado y defender una implementación más realista y menos gravosa para las empresas de este sector.
Simplificar la normativa
El Consejo de la UE adoptó su mandato de negociación sobre una revisión específica del Reglamento de la UE sobre productos libres de deforestación (EUDR) el pasado miércoles 19 de noviembre, buscando el objetivo de simplificar la aplicación de la normativa vigente y aplazar su aplicación para que operadores, comerciantes y autoridades puedan prepararse adecuadamente.
Tras las inquietudes manifestadas por los Estados miembros y las partes interesadas sobre la preparación de las empresas y las Administraciones, así como sobre las cuestiones técnicas relacionadas con el nuevo sistema de información, el Consejo UE apoya la simplificación selectiva del proceso de diligencia debida propuesta por la Comisión.
Asimismo, esta institución impulsa la introducción de un aplazamiento uniforme de un año en la aplicación del reglamento para todos los operadores, hasta el 30 de diciembre de 2026, con una prórroga adicional de seis meses para las microempresas y las pequeñas empresas.
El Consejo eliminó en su propuesta el período de gracia inicialmente propuesto por la Comisión para las grandes y medianas empresas, optando en su lugar por una prórroga clara del plazo de solicitud para todos los operadores, independientemente de su tamaño.
No obstante, el mandato mantiene y amplía las medidas de simplificación propuestas originalmente por la Comisión, centrándose en la reducción de la carga administrativa sin menoscabar los objetivos del reglamento.
Elementos principales de la posición del Consejo
El mandato del Consejo ha introducido una serie de cambios en la propuesta de la Comisión para reducir aún más la carga administrativa sobre los operadores, en particular los pequeños y microoperadores, y permitir una correcta aplicación de la normativa.
Según la postura del Consejo:
-Las disposiciones del Reglamento EUDR se aplicarían a partir del 30 de diciembre de 2026 para los operadores medianos y grandes, y a partir del 30 de junio de 2027 para los micro y pequeños operadores.
-La obligación y responsabilidad de presentar la declaración de diligencia debida requerida recaería exclusivamente sobre los operadores que primero comercialicen el producto.
-Los operadores y comerciantes posteriores ya no tendrían que presentar declaraciones de diligencia debida por separado, pero solo los primeros operadores posteriores deben conservar y transmitir el número de referencia de la declaración inicial.
-Los microoperadores y los pequeños operadores primarios presentarían únicamente una declaración simplificada única.
Por otro lado, el Consejo también encargó a la Comisión Europea que, antes del 30 de abril de 2026 , realizara una revisión de la simplificación para evaluar el impacto y la carga administrativa del Reglamento de la UE sobre los operadores, en particular los pequeños y microoperadores.
En su caso, la revisión deberá ir acompañada de una propuesta legislativa.
A partir de ahora y sobre la base de este mandato, el Consejo iniciará negociaciones con el Parlamento Europeo con el fin de alcanzar un acuerdo definitivo en las próximas semanas y antes de que el Reglamento EUDR actual sea aplicable a partir del 30 de diciembre de 2025.
El reglamento sobre productos libres de deforestación entró en vigor en junio de 2023 con el objetivo de garantizar que ciertas materias primas, como el ganado vacuno, el cacao, el café, la palma aceitera, el caucho, la soja y la madera, y sus productos derivados introducidos en el mercado de la UE o exportados desde él, no hayan causado deforestación ni degradación forestal.
Sus principales disposiciones debían aplicarse inicialmente a partir del 30 de diciembre de 2024. Tras las preocupaciones planteadas por los Estados miembros, terceros países, comerciantes y operadores sobre la preparación, en diciembre de 2024 se adoptó un aplazamiento inicial de un año.
La nueva enmienda, propuesta por la Comisión en octubre de 2025, responde a los continuos desafíos de implementación, en particular la necesidad de garantizar el funcionamiento eficaz del sistema de información de la UE y de aliviar las cargas administrativas para los operadores más pequeños.
Mandato de negociación del Consejo sobre la revisión del Reglamento de la UE [EN]
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