18 DE noviembre DE 2024
Las organizaciones de la industria cárnica han recibido este lunes 18 de noviembr enotificación de la convocatoria de huelga en este sector, promovida por las centrales sindicales CC.OO-Industria, UGT- Federación de Industria, Construcción y Agro y FGAM-CIG (Confederación Intersindical Galega).
La huelga está convocada para los días 4 y 5 de diciembre de 2024, iniciándose a las 00:00 y finalizándose a las 24:00 de cada día.
En aquellos centros de trabajo en los cuales esté implantado un sistema de trabajo a turnos, el turno de noche iniciaría el paro con la hora de arranque de su turno (por ej.: si el turno de trabajo arrancara a las 22:00 del día 4 de diciembre, esta sería su hora de inicio de la huelga).
A partir de la convocatoria de huelga, desde la Fundación SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) se activa el procedimiento de mediación, con la designación de mediadores.
En el ámbito de dicha mediación, cuya reunión podría celebrarse el próximo jueves 21 de noviembre, es donde se intentará alcanzar un acuerdo que evite esta huelga.
Las organizaciones sindicales (CCOO-UGT-CIG), tras reiterar su petición de un incremento salarial del 5% por cada año de vigencia del Convenio Colectivo, abandonaron "motu propio" el pasado 8 de noviembre la mesa de negociación, durante un receso, sin formular ninguna respuesta a las propuestas empresariales.
Las organizaciones empresariales (ANICE-FECIC-ANAFRIC-AGEMCEX-ANAGRASA) de manera conjunta, detallaron diversas propuestas para alcanzar un principio de acuerdo para la firma del Convenio Colectivo.
Según la industria, la propuesta de acuerdo realizada tenía en cuenta la situación actual del IPC (1,8%) y las previsiones de IPC para el año 2025.
En concreto, planteaba para este año 2024 un incremento de un 2,8 % con efectos del 1 de Enero de 2024 (2,2% + 0,6% ya abonado en 2024) con una cláusula revisión salarial topada del 1% para cálculo de salarios futuros.
Para el año 2025, un incremento de un 2,2 % con efectos del 1 de Enero de 2025 con una cláusula revisión salarial topada del 1% para cálculo de salarios futuros, más una reducción de la jornada laboral anual de 10 horas, es decir, que la jornada máxima anual se situaría en 1750 horas anuales.
Además, las organizaciones empresariales se han mostrado dispuestas a trabajar en diversas materias relacionadas con el ámbito funcional; compensación y absorción; actualización del teletrabajo; licencias sin sueldo; compensación de horas extras con descanso; traductor para momentos concretos de la relación laboral; definición de los criterios de utilización de los permisos retribuidos; contratos formativos; fijos discontinuos, así como la contratación por circunstancias de la producción.
Desde los sindicatos, se argumentaba que los resultados económicos, obtenidos por las empresas cárnicas en los últimos ejercicios justificaban el incremento salarial planteado.
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