15 DE enero DE 2025
José Luis Palma Fernández. Coordinador del Area de Derecho Agroalimentario de Gómez-Acebo & Pombo Abogados S.L.P.
El pasado 30 de diciembre de 2024 se cumplieron 30 años de la publicación de la Ley 38/1994 reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias. Que una ley se sostenga en vigor más de tres decenios representa la confirmación de que sus contenidos eran razonablemente válidos.
Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias (OIAs) se iniciaron en Francia hace aproximadamente un siglo, de la mano de graves crisis en el sector del azúcar, cuando fue necesario llegar a acuerdos entre los integrantes de varios sectores vinculados a ese cultivo: productores de remolacha y comercializadores se vieron obligados a tomar decisiones conjuntas en un mercado cambiante y en crisis.
Tras otras experiencias comparadas en Holanda y Gran Bretaña, la Unión Europea adoptó una comunicación de la Comisión al Consejo en materia de interprofesionales en 1990 donde se contienen los fundamentos del modelo interprofesional escogido. Al poco de nuestra incorporación a Europa en 1986, en 1994 llegaba la Ley cuyos 30 años hoy recordamos.
Con fundamento último actual en un Reglamento de la Unión (el 1308/2013, como tantas otras disposiciones que derivan de él) la regulación interna española sigue siendo en gran medida -con algunos lógicos ajustes- la que arrancó en 1994.
Varias Comunidades Autónomas -no todas- han desarrollado internamente la figura, con mayor o menor fortuna (pues algunas tienen ley pero no tienen ninguna entidad que se haya acogido a ella). Pero las interprofesionales del aniversario son una construcción marcadamente nacional y a estas nos referiremos prioritariamente.
La naturaleza jurídica asociativa que late en todas ellas (siendo esta la figura mayoritariamente elegida para sustentarlas) no deja de ofrecer perfiles realmente peculiares. Se trata de una asociación de asociaciones representativas. Y de ahí viene su agilidad y su fuerza.
Impulsadas por los productores y comercializadores de los diferentes sectores, carecen de ánimo de lucro y se constituyen en exclusiva en relación a un producto o grupo de productos de la cadena alimentaria.
Finalidades amplias y ampliables
Sus finalidades son amplias, pero todavía son muy susceptibles de ampliación adicional, como luego indicaremos. Sobre todo garantizan el funcionamiento de la cadena en su ámbito, promoviendo buenas prácticas y relaciones entre operadores, que estarán así mejor coordinados.
También promueven contratos tipo, difunden información y estudios sectoriales y, de modo muy acentuado, impulsan campañas de información y difusión de la bondad de sus productos. Nada menos. Y lo hacen en relación a un solo producto o un cualificado grupo de ellos entre los que hay una conexión sustancial, lo que supone una envidiable hiperespecialización que las hace todavía más eficientes.
Pero hay mucho más que pueden hacer: fomentan la sostenibilidad, protegen el medio ambiente, defienden la agricultura ecológica, la producción integrada y engloban buenas prácticas de formación y cualificación profesional.
La condición de OIA es un título administrativo que se concede por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a una entidad preexistente que cumple muy rigurosos criterios de acceso a esta cualificada posición: las asociaciones integrantes deben representar al meno el 51 % del sector en las ramas de producción y comercialización.
Una vez obtenida esta diferenciación tan cualificada, muy importantes cometidos pueden realizar estas entidades. Sin duda, uno de los más destacados es la aprobación de una extensión de norma: se trata de acuerdos vinculantes para todo el sector (incluidos quienes no forman parte de las asociaciones integrantes, y de ahí su gran fuerza) que durante varios años gobernarán las actividades de la interprofesión.
Y un apunte desde la óptica del Derecho de la Competencia: más allá del obligado respeto a sus normas, las interprofesionales constituyen una excepción a las normas generales de competencia.
Visibilidad
Actualmente son 26 los productos que gozan en España de esta avanzada fórmula de gestión. Sin duda podría doblarse o incluso triplicarse este número si otros muchos decidieran acometer la más eficiente fórmula de vertebración de la cadena alimentaria.
La visibilidad de un producto agroalimentario se multiplica si disfruta de la existencia de una organización interprofesional que lo potencie y cuide de él. Más aún si se desarrolla la figura de la organización interprofesional agroalimentaria transnacional, prevista en el ámbito de la Unión pero aún muy por descubrir.
Tras 30 años hay mucho hecho, pero también mucho por hacer. La nueva PAC -que se apoya decididamente en las interprofesionales- ha diseñado un amplio abanico de nueva funciones que están todavía por estrenar. Por sintetizarlo en dos palabras: las interprofesionales están llamadas a ser uno de los ejes de la cadena alimentaria europea.
España tiene uno de los más aventajados ejemplos de aplicación del modelo interprofesional y debe insistir y perseverar en mantener y aumentar esta fortaleza singular que le ofrecen tales organizaciones. Por lo menos otros 30 años.
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