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El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

Periódico Digital Qcom.es: El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

20 DE enero DE 2026

Acuerdo para flexibilizar la normativa sobre controles de la pesca

La Secretaría General de Pesca acogió en la tarde del 19 de enero, como estaba previsto, una reunión con representantes de la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores (FNCP) y de la Confederación Española de Pesca (CEP) para analizar las dificultades planteadas por el sector pesquero en la aplicación de determinadas disposiciones del Reglamento 2023/2024 de Control de la Pesca, que ha entrado en vigor el pasado 10 de enero.

Con el objetivo de buscar soluciones para asegurar un cumplimiento eficaz y compatible con la operatividad de la flota, sin menoscabo de las labores de control, Ministerio y sector acordaron determinadas flexibilidades para facilitar la aplicación de la normativa comunitaria, según comunicó este departamento.

Como resultado de la misma y con el acuerdo de los representantes del sector pesquero, la Secretaría General de Pesca va a emprender las siguientes acciones con carácter urgente:

En relación con la anotación de todas las capturas por especie desde el kilo cero cuando estas sean inferiores a 50 kg:

-adoptará una resolución para establecer que los errores u omisiones en la estimación de las cantidades en el diario de a bordo para especies con capturas inferiores a 50 kilos no constituyan una infracción, siempre y cuando la declaración de desembarque recoja la cifra correcta de cantidades por especie.

Desde la Secretaría General de Pesca se darán instrucciones concretas a los servicios de inspección y control pesquero para aplicar las disposiciones de la citada resolución.

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Asimismo, España solicitará a la Comisión Europea que presente una propuesta para la modificación del reglamento de control, de tal modo que los errores en las anotaciones para cantidades inferiores a 50 kilos por especie no constituyan un incumplimiento.

Mientras se tramita esta modificación, el MAPA señala que pedirá a la CE la modificación del anexo IV del Reglamento 2023/2842 mediante un acto delegado, para que dichos errores no puedan ser considerados una infracción grave.

España presentará, además, en el denominado “punto varios” del Consejo de Ministros de Agricultura y Pesca de la Unión Europea del próximo 26 de enero, que se celebrará en Bruselas, las cuestiones anteriormente detalladas.

En cuanto a la anotación de las capturas por operación de pesca:

-En la misma resolución citada anteriormente, el MAPA señalará que la obligación de facilitar información de las capturas por operación de pesca (a la que se refiere el artículo 14.2.g) del reglamento) se entenderá cumplida cuando se facilite al menos una vez al día, antes de la entrada a puerto o en el lugar de desembarque.

Respecto a la notificación previa:

La Secretaría General de Pesca establecerá, en la misma resolución, que esta notificación se llevará a cabo en el momento en el que el buque ponga rumbo a puerto, por lo tanto el plazo podrá ser más breve que las 4 horas establecidas en el reglamento.

Se exceptúan de esta previsión aquellos supuestos en los que existan plazos específicos para la notificación previa o para aquellos buques que estén sujetos a la obligación de preaviso.

Durante la reunión, el sector pesquero manifestó su compromiso de colaboración para aplicar estas medidas.

Además, se acordó celebrar un nuevo encuentro para evaluar la ejecución de estas medidas.

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