7 DE marzo DE 2025
El Ministerio de Agricultura ha elevado a consulta el proyecto de Orden, por la que se modifica la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la Influenza aviar o gripe aviar.
En su preámbulo, indica que la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección contra la influenza aviar, dispone la adopción de unas medidas concretas de bioseguridad en los municipios incluidos en la tabla del anexo II, considerados como zona de especial riesgo por encontrarse en ellos o en su entorno alguna de las marismas, riberas, franjas costeras o lacustres y cualquier otro humedal considerado como zonas de especial riesgo de introducción de la influenza aviar incluidas en el anexo I, así como por cumplir con los factores de riesgo enumerados en los artículos 3 y 4.
Desde la fecha de la última modificación, se ha obtenido nueva información sobre la existencia de concentraciones de aves silvestres, así como de sus rutas migratorias, lo
que hace necesario revisar el anexo I, así como los municipios incluidos en los anexos II, con objeto de actualizar la lista de humedales y los municipios incluidos en las zonas de especial riesgo.
Asimismo, se incluye en la disposición adicional única la posibilidad de habilitar al Director General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal para
modificar mediante resolución los anexos I, II y III de la orden con base en las notificaciones e información recibidas de las comunidades autónomas.
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