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El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

Periódico Digital Qcom.es: El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

1 DE julio DE 2025

Aprobados cambios para una mayor transparencia del mercado oleícola

El Consejo de Ministros autorizó en su reunión de este 1 de julio, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cambios normativos para ofrecer más información sobre los sectores de aceite de oliva y aceitunas de mesa; mejorar el seguimiento de los mismos, y garantizar una mayor transparencia sobre el mercado oleícola.

Así, se modifica mediante real decreto la normativa sobre declaraciones obligatorias en ambos sectores, actualizando el Sistema de Información de los Mercados Oleícolas (SIMO), una herramienta, gestionada por el MAPA y las CC.AA., con el fin de mejorar la calidad de la información y la trazabilidad del proceso productivo de aceite de oliva y aceituna de mesa.

Una de las novedades es, precisamente, que las almazaras deberán presentar anualmente, previa a la comercialización, una declaración de la producción de aceite de oliva de la campaña anterior, desglosada por categorías (virgen extra, virgen y lampante).

Esta información adicional, según el MAPA, será clave para el análisis de mercado, sobre todo, porque España es el primer productor mundial de aceite de oliva.

Otra novedad es la sustitución de declaraciones mensuales de producciones ecológicas por anuales, complementarias en el caso de almazaras e industrias de transformación de aceituna de mesa que operen con producciones eco, con el fin de simplificar el procedimiento y garantizar la fiabilidad de la información.

El nuevo real decreto incorpora también la evolución del sector oleícola hacia una mayor valorización de los subproductos. Así, se cumple con la norma que reconoce como subproducto los orujos grasos procedentes de almazara, destinados a la extracción de aceite de orujo de oliva crudo.

Por este motivo, los secaderos de orujo estarán obligados a partir de entonces, una vez que entre en vigor el real decreto, a presentar una declaración mensual de actividad, mientras que las almazaras y extractoras de orujo completarán las declaraciones sobre el destino de los subproductos, sin necesidad de tener que crear registros adicionales que generen más carga administrativa.

Otro de los cambios relevantes es la eliminación de los modelos de formularios de datos, dado que la información requerida ya se encuentra disponible en los distintos sistemas y procedimientos utilizados por las autoridades competentes.

Asimismo, se actualizan las funciones de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) -conforme a lo establecido en las modificaciones de la Ley de la Cadena alimentaria- y de las CC.AA. en relación con el censo de instalaciones y operadores oleícolas del SIMO.

Sin penalización

Por otro lado, el real decreto aprobado se aprovecha para incluir la eliminación de las penalizaciones por la presentación fuera de plazo de la Solicitud Única de la Política Agraria Común (PAC) de 2025 en el periodo comprendido entre el 15 y el 31 de mayo, con efecto retroactivo, conforme a lo conocido ya por el sector y establecido en una resolución del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

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