3 DE febrero DE 2026
El Ministerio de Agricultura ha elevado a consulta pública hasta el próximo 11 de febrero un proyecto de real decreto relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos, que deroga el vigente RD 809/2025, de 16 de septiembre
Según el MAPA, la normativa sobre normas mínimas para la protección de los animales de la especie porcina, contemplada en el RD 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos, fue modificada en 2023 para para concretar medidas a poner en marcha en las granjas a fin de propiciar un estado más favorable de bienestar animal y disminuir la necesidad de raboteo de los animales, acercándose así a uno de los objetivos de la normativa.
Según esto, en octubre de 2025 se avanzó en el mismo sentido mediante el RD 809/2025, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos, incluyendo elementos en la normativa que dieran la posibilidad a los ganaderos de modular las medidas a tomar en función de la situación actual de la granja, siempre con el objetivo de avanzar hacia la eliminación de la práctica del corte de colas de los cerdos.
Ya, en noviembre de 2025, el Tribunal Supremo declaró nula la modificación del apartado 1 del artículo 3 sobre la superficie de suelo libre de la que deberán disponer los cerdos según el RD 1135/2002, de 31 de octubre, tal y como se había realizado por medio de la Disposición final cuarta del Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales en materia de bienestar animal, y se modifican varios reales decretos.
Por lo tanto, añade el MAPA, una vez derogada la modificación, en lo relativo a densidades, se retorna automáticamente a la redacción inicial en ese aspecto.
Por su parte, la Comisión Europea anunció la publicación de una “Estrategia ganadera, incluidos elementos sobre el bienestar animal” en el segundo trimestre de 2026, y en las encuestas previas preparatorias se han incluido cuestiones sobre el alojamiento de las cerdas.
Todo esto, junto con la situación epidemiológica actual, debida a la aparición de casos de peste porcina africana en animales silvestres, añade el MAPA, suponen un esfuerzo tanto para el sector productor como para las autoridades competentes de las CC.AA. que deben vigilar el cumplimiento de las normas, que hace necesario prever un período suficiente, en que no se proceda a modificaciones normativas más allá de las que puedan surgir derivadas de la normativa de la Unión Europea o de la situación del sector porcino en cada momento.
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