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El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

Periódico Digital Qcom.es: El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

17 DE marzo DE 2025

El Consejo aprueba el mandato negociador para regular las NTG

Los representantes de los Estados miembros en el Comité de Representantes Permanentes (Coreper) respaldaron el pasado 15 de marzo el mandato de negociación del Consejo sobre la reglamentación relativa a las plantas obtenidas mediante Nuevas Técnicas Genómicas (NGT), así como a sus alimentos y piensos.

La propuesta pretende impulsar la innovación y la sostenibilidad en el sector agroalimentario, contribuyendo a la seguridad alimentaria y reduciendo la dependencia externa de las producciones del exterior.

El reglamento garantizaría una sólida protección de la salud humana, animal y medioambiental, garantizando al mismo tiempo la seguridad, la transparencia y la competitividad del sector del fitomejoramiento.

Elementos principales de la propuesta

La nueva legislación pretende adaptar las normas de la UE a los avances tecnológicos de las últimas décadas.

La propuesta crea dos vías distintas para que las plantas de NGT se comercialicen:

-Plantas NGT de categoría 1 : podrían producirse de forma natural o mediante métodos de cultivo convencionales; estarían exentas de las normas establecidas actualmente en la legislación sobre OGM y no estarían etiquetadas; sin embargo, las semillas producidas mediante esas técnicas tendrían que estar etiquetadas.

-Plantas NGT de categoría 2 : todas las demás plantas NGT; se aplicarían las normas de la legislación sobre OMG (incluida una evaluación de riesgos y una autorización antes de su comercialización); se etiquetarían como tales

Además, la propuesta excluye el uso de NGT en la producción orgánica u ecológica.

Principales cambios

El Consejo apoya los principales elementos antes mencionados de la propuesta de NGT, publicada por la Comisión Europea. Sin embargo, sugiere una serie de cambios en su mandato de negociación, teniendo en cuenta los objetivos ambientales y sanitarios, así como las preocupaciones sobre las patentes.

Entre ellos se incluyen:

Cultivo y presencia de nuevas técnicas genómicas en plantas

-Exclusión voluntaria del cultivo : en virtud del mandato del Consejo, los Estados miembros pueden decidir prohibir el cultivo de plantas NGT de categoría 2 en su territorio.

-Medidas de coexistencia opcionales : los Estados miembros pueden tomar medidas para evitar la presencia no intencionada de plantas NGT de categoría 2 en otros productos y deberán tomar medidas para prevenir la contaminación transfronteriza.

La posición del Consejo también aclara que, para evitar la presencia no deseada de plantas NGT de categoría 1 en la agricultura ecológica en sus territorios, los Estados miembros pueden adoptar medidas, en particular en zonas con condiciones geográficas específicas, como determinados países insulares mediterráneos y regiones insulares.

-Categoría 1: nuevas técnicas genómicas, plantas y patentes

Según el mandato del Consejo, al solicitar el registro de una planta o producto de NGT de categoría 1, las empresas o los obtentores deben presentar información sobre todas las patentes existentes o en trámite.

La información sobre las patentes debe incluirse en una base de datos pública creada por la Comisión, que contiene una lista de todas las plantas de NGT que han obtenido la categoría 1.

Esta base de datos tiene como objetivo garantizar la transparencia en lo que respecta a las plantas de NGT 1. De ser necesario, la información sobre las patentes incluida en esta base de datos debe actualizarse.

Además, de forma voluntaria, las empresas o los obtentores también pueden informar de la intención del titular de la patente de licenciar el uso de una planta o un producto NGT 1 patentado en condiciones equitativas.

Grupo de expertos en patentes

El mandato del Consejo prevé la creación de un grupo de expertos sobre el efecto de las patentes en las plantas de NGT, con expertos de todos los Estados miembros y de la Oficina Europea de Patentes.

Estudio sobre patentes

Según el mandato del Consejo, un año después de la entrada en vigor del reglamento, la Comisión deberá publicar un estudio sobre el impacto de las patentes en la innovación, la disponibilidad de semillas para los agricultores y la competitividad del sector de la mejora vegetal de la UE.

El estudio también se centrará especialmente en cómo los obtentores pueden acceder a las plantas patentadas de NGT.

Para elaborar el estudio, la Comisión tendrá en cuenta las conclusiones del grupo de expertos en patentes y las aportaciones del sector del fitomejoramiento.

Si procede, la Comisión indicará qué medidas de seguimiento son necesarias o publicará una propuesta legislativa para abordar cualquier problema detectado en el estudio.

Si el primer estudio no prevé ninguna medida de seguimiento ni una nueva propuesta legislativa, la Comisión deberá publicar un segundo estudio entre cuatro y seis años después de la publicación del primero.

Etiquetado

Las plantas de gas natural comprimido de categoría 2 deberán contener una etiqueta que las indique como tales, de acuerdo con la propuesta de la Comisión.

El Consejo propone que, en caso de que en la etiqueta aparezca información sobre caracteres modificados, esta debe cubrir todos los caracteres relevantes (por ejemplo, si una planta no contiene gluten y es tolerante a la sequía debido a cambios genómicos, ambas características o ninguna de ellas deben mencionarse en la etiqueta).

El Consejo propone esto para garantizar que los consumidores tengan acceso a información precisa y completa .

Características

El mandato de negociación del Consejo establece que la tolerancia a los herbicidas no puede ser una de las características de las plantas NGT de categoría 1.

El Consejo propone este cambio para garantizar que dichas plantas sigan sujetas a los requisitos de autorización, trazabilidad y seguimiento correspondientes a las plantas NGT de categoría 2.

El acuerdo sobre el mandato de negociación del Consejo permite a su presidencia iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo sobre el texto final del reglamento. El resultado final deberá ser adoptado formalmente por el Consejo y el Parlamento antes de que el reglamento pueda entrar en vigor.

¿Qué son las NGT?

Las NGT son herramientas innovadoras que pueden contribuir a la sostenibilidad y resiliencia de nuestros sistemas alimentarios.

El término NGT cubre una variedad de técnicas que adaptan las semillas de una manera que también puede ocurrir en la naturaleza o mediante técnicas de cultivo convencionales.

Mediante estas técnicas, se pueden desarrollar variedades vegetales mejoradas con mayor rapidez y con características específicas que respondan a los desafíos que enfrenta el sector agroalimentario. Por ejemplo, estas nuevas variedades pueden ser más resilientes a los efectos del cambio climático y requerir menos fertilizantes y pesticidas .

En la última década, se han desarrollado diversas técnicas de transgénesis no genética (TGN) basadas en los avances biotecnológicos. Estas nuevas tecnologías no existían en 2001, cuando se adoptó la legislación de la UE sobre OMG. Por ello, las plantas obtenidas mediante TGN están actualmente sujetas a las mismas normas que los OMG.

Las nuevas normas garantizarían que las plantas NGT disponibles en el mercado de la UE sean tan seguras como las variedades obtenidas convencionalmente. La propuesta abarca las plantas que contienen  pequeñas modificaciones en su material genético (mutagénesis dirigida) o inserciones de material genético de la misma planta o de plantas cruzables (cisgénesis, incluida la intragénesis).

Los OGM continúan estando regulados por la legislación de la UE sobre OGM, que permanece inalterada.

La Comisión adoptó su propuesta para regular las nuevas técnicas genómicas el 5 de julio de 2023. El trabajo técnico en el Consejo comenzó en julio de 2023. El Parlamento Europeo adoptó su posición sobre la propuesta en abril de 2024.

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