19 DE septiembre DE 2025
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con los Ministerioss de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2023, y de Sanidad han elevado a consulta pública hasta el próximo 14 de octubre el proyecto de real decreto, por el que se modifican y derogan diferentes disposiciones en materia alimentaria.
La Comisión Europea ha sometido el proyecto de real decreto al procedimiento de notificación establecido por la Directiva (UE) 2015/1535, con el fin de conocer si el proyecto es susceptible de crear obstáculos comerciales en la Unión Europea.
La norma, impulsada por el MAPA, en coordinación con los Ministerios de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y de Sanidad, actualiza el acervo sobre calidad alimentaria español.
La iniciativa persigue, por un lado, armonizar la normativa estatal con los reglamentos de la Unión Europea, además de suprimir cargas administrativas obsoletas y también facilitar la innovación del sector, todo ello garantizando elevados estándares de seguridad y transparencia para el consumidor.
Entre las principales novedades destacan:
-Grasas comestibles: se redefine el concepto de «preparado graso» para impedir que las mezclas de aceites de oliva con otras gra sas vegetales se comercialicen bajo dicha denominación, y se eliminan requisitos administrativos ya superados por el Registro General Sanitario de Alimentos.
-Galletas: se suprime el límite máximo de cenizas, a fin de permitir formulaciones con harinas integrales, fibras y otros ingredientes de valor añadido.
-Horchata de chufa: se autoriza la elaboración de horchatas sin azúcares añadidos o con reducción de azúcares, prohibiendo simultáneamente el uso de edulcorantes y colorantes para preservar la autenticidad del producto.
-Vinagres: se incorporan el mosto de uva concentrado (normal y rectificado) y el mosto "apagado" como ingredientes facultativos; además, se amplía la tolerancia en el grado de acidez de los vinagres amparados por DOP/IGP.
-Derivados cárnicos: se flexibiliza el marcado del jamón y la paleta tras operaciones de deshuesado o loncheado; se regula el uso de las menciones "natural" y «elaboración artesana", y se reconoce el "jamón de pavo" como producto tradicional, eliminando la referencia a "mortadela Bolonia" para evitar conflictos con la IGP italiana homónima.
-Aceitunas de mesa: en los rellenos en forma de pasta será obligatorio detallar los ingredientes de la misma, con la posibilidad de destacar en la denominación únicamente el ingrediente caracterizante.
-Sidra: se restablecen prácticas tecnológicas (clarificación, despectinización, etc.) inadvertidamente derogadas y se eleva el límite de metanol permitido en la sidra de hielo.
-Pan: la norma de calidad se extiende al pan exento de gluten o con contenido reducido por sustitución de la harina, permitiendo el empleo de almidones, fibras y otros ingredientes necesarios.
-Coadyuvantes tecnológicos: se precisan los límites de trihalometanos y clorato en el agua de lavado de frutas y hortalizas y se autoriza el uso de clarificantes en la elaboración de mosto de manzana.
-Depuración normativa: se derogan el RD 1045/1990 (tolerancias del grado alcohólico) y varias órdenes ministeriales sobre sangría, vinos aromatizados y bebidas derivadas del vino; asimismo, se modifican preceptos del Código Alimentario Español para remitir a la legislación sectorial vigente.
Por último, se indica, como hemos comentado que el plazo para que cualquier miembro de la Unión Europea presente contribuciones finaliza el próximo14 de octubre de 2025.
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