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El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

Periódico Digital Qcom.es: El punto de encuentro de la cadena agroalimentaria

13 DE febrero DE 2026

Luz verde del PE al control de las PCD transfronterizas en la cadena alimentaria

El Pleno del Parlamento Europeo adoptó el jueves 12 de febrero nuevas medidas para proteger a los agricultores europeos de las prácticas comerciales desleales por parte de los compradores de productos agrícolas.

Con una amplia mayoría de 555 votos a favor, 0 en contra y 26 abstenciones, los eurodiputados dieron luz verde definitiva a las nuevas normas que obligan a las autoridades nacionales a cooperar en la lucha contra las prácticas comerciales desleales, con el fin de garantizar que los agricultores reciban una remuneración justa por su trabajo.

Como resultado, se evitarán, investigarán y sancionarán los casos de prácticas comerciales desleales transfronterizas que perjudican a agricultores y pequeños productores agrícolas.

Poner fin a las prácticas comerciales desleales transfronterizas por iniciativa de los Estados miembros

Para reforzar la protección de los agricultores, la nueva legislación permitirá a los Estados miembros intervenir automáticamente y detener las prácticas comerciales desleales transfronterizas por iniciativa propia, sin necesidad de una denuncia del productor. Este nuevo sistema replicará el régimen de protección de las indicaciones geográficas en el mercado único.

Abordar las prácticas comerciales desleales de compradores ubicados fuera de la UE

Para evitar que los operadores eludan la ley trasladándose fuera de la UE, las nuevas normas también buscan proteger a los productores de las prácticas comerciales desleales de compradores no pertenecientes a la UE.

Los compradores establecidos fuera de la UE deberán designar a una persona de contacto responsable ante la UE en caso de que se abra una investigación en su contra.

Esta persona será el principal punto de contacto para las autoridades competentes y estará obligada a facilitar las investigaciones sobre prácticas comerciales desleales.

Intercambio de información transfronterizo

El reglamento permite a las autoridades nacionales competentes informarse mutuamente sobre prácticas comerciales desleales o el riesgo de que se produzcan, a través del Sistema de Información del Mercado Interior ( SIMI), un sistema informático de la UE existente para el intercambio de información entre Administraciones públicas de diferentes Estados miembros.

Este intercambio tiene un efecto disuasorio y garantizará respuestas rápidas y coordinadas para frenar las prácticas comerciales desleales.

Según Stefano Bonaccini (S&D, Italia), ponente principal del texto aprobado, 'hemos convertido lo que podría haber sido un simple expediente administrativo en un poderoso acto de justicia económica y social. De este modo, enviamos un mensaje claro: los agricultores ya no se verán obligados a someterse a las exigencias y comportamientos injustos de los grandes compradores y minoristas.'

Hoy, Europa demuestra que sabe escuchar y actuar. Apoyamos a quienes más necesitan apoyo, reforzando la protección de los pequeños productores y garantizando una cadena de suministro agroalimentaria justa, transparente y libre de explotación.

La nuevas normativa debe ser aprobada aún formalmente por el Consejo de Ministros de la UE y entrarán en vigor 18 meses después de su publicación en el Diario Oficial de la UE (DOUE).

La Directiva sobre Prácticas Comerciales Desleales (PDU), adoptada en 2019, protege a los agricultores de prácticas como la demora en los pagos o las cancelaciones con poca antelación al vender sus productos a grandes superficies y empresas de procesamiento de alimentos.

Sin embargo, dado que alrededor del 20% de los productos agrícolas y alimentarios consumidos en la UE provienen de otro Estado miembro, el nuevo reglamento sobre cooperación transfronteriza entre las autoridades responsables de la aplicación de la Directiva sobre PDU busca mejorar la cooperación entre estas autoridades en casos de prácticas comerciales desleales en los que proveedores y compradores se encuentran en diferentes Estados miembros.

Archivo de texto aprobado: 

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