18 DE septiembre DE 2023
Redacción Qcom.es
Los Embajadores ante la Unión Europea de Argentina, Brasil, Bolivia, Colombia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Indonesia, Malasia, Méjico, Nigeria, Paraguay, Perú, Tailandia, Ghana, Costa de Marfil y Honduras, han escrito a los Presidentes de las tres Instituciones Europeas (Parlamento, Consejo y Comisión) y al Representante español (por la presidencia española) para transmitirles su gran preocupación por el EUDR.
Los firmantes transmiten su profunda preocupación ante la reciente entrada en vigor del reglamento de la Unión Europea sobre productos libres de deforestación (EUDR), el 29 de junio de 2023. Como se indica en la carta, de fecha 27 de julio de 2022, de un grupo de países productores, esta legislación ignora las circunstancias y capacidades locales, las legislaciones nacionales y los mecanismos de certificación de los países productores en desarrollo, sus esfuerzos para luchar contra la deforestación y los compromisos multilaterales, incluido el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas. También establece un sistema unilateral de evaluación comparativa que es inherentemente discriminatorio y punitivo, lo que es potencialmente incompatible con las obligaciones de la OMC.
Considerando que, continúa, "a pesar de las múltiples manifestaciones de preocupación, particularmente de los países en desarrollo, la legislación entrará en vigor en menos de 18 meses, y que la UE todavía está trabajando en sus actos de implementación y directrices, instamos a la Comisión y a otras instituciones de la UE a participar en un diálogo más significativo y abierto con los países productores que el que se ha emprendido hasta ahora. La UE debería trabajar para reparar esta legislación o, como mínimo, intentar mitigar sus impactos más dañinos a través de directrices de implementación que valoren adecuadamente las prácticas sostenibles actuales, así como el desarrollo local en las cadenas de valor agrícolas, y eviten la perturbación del comercio, incluido el excesivo. carga administrativa relacionada con los requisitos de geolocalización y trazabilidad, certificaciones y trámites aduaneros".
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