16 DE enero DE 2025
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha sometido a audiencia e información públicas hasta el próximo 24 de enero el proyecto de Orden ministerial por la que se modifica la Orden APA/24/2021, de 19 de enero.
En dicho proyecto se establecen las modificaciones de las medidas específicas de control para los desembarques de besugo (Pagellus bogaraveo) capturado con artes de palangre, voracera y línea de mano en el Mar de Alborán y la zona regulada por la orden APA/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el Estrecho de Gibraltar, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Según la propuesta se incluye en dicha Orden un nuevo artículo (Artículo 7bis) sobre Veda espacio temporal, en el que se plantea que los buques españoles no podrán realizar capturas de besugo o voraz (Pagellus bogaraveo) con artes de palangre, voracera y líneas de mano desde el 31 de enero hasta el 31 de marzo de cada año, ambos inclusive, en la subzona geográfica GSA 2 de la CGPM y en las aguas exteriores del Estrecho de Gibraltar comprendidas entre los siguientes meridianos:
Punta Camarinal, en longitud 005º 47’ 95 Oeste.
Punta Europa, en longitud 005º 20’ 70 Oeste.
Se indica también que la veda indicada en el apartado 1 será también de aplicación a la pesca recreativa o deportiva con artes de caña y líneas de mano.
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